Fideicomiso
Es el contrato por medio del cual, en un acto de confianza, una persona natural o jurídica llamada Constituyente o Fideicomitente entrega o transfiere a una entidad Fiduciaria, uno o más bienes determinados con el objeto de cumplir una finalidad en provecho del constituyente o de un tercero a quien expresamente éste determine.
La entidad fiduciaria se compromete a realizar su mejor esfuerzo para conseguir el objetivo señalado por su cliente, administrando los bienes recibidos para tal efecto. Es un contrato de medio y no de resultado. Constituye un híbrido entre la banca tradicional y la banca de inversión.
¿Qué ventajas ofrece el fideicomiso?
El fideicomiso constituye un patrimonio autónomo e independiente que se halla sujeto a una finalidad predeterminada. Por lo tanto, es independiente del patrimonio del fiduciario, con cuyos bienes no puede confundirse.
Por esta razón, en caso de que algún acreedor del fiduciario ejerciera una acción en su contra, los bienes sujetos al fideicomiso quedan exentos de esa acción y, en consecuencia, quedan protegidos.
Los bienes que conforman el fideicomiso guardan independencia también respecto del patrimonio del fideicomitente porque quedan fuera de la garantía de sus acreedores, salvo que el fideicomiso haya sido constituido por el fideicomitente con intenciones fraudulentas.
Se constituye de este modo un patrimonio separado cuyos bienes, que son los bienes fideicomitidos, garantizan sólo el cumplimiento de las obligaciones emanadas del propio contrato de fideicomiso, pero no responden ni por las obligaciones del fideicomitente ni por las del fiduciario.
La independencia del patrimonio del fideicomiso respecto de los patrimonios del fiduciario y del fideicomitente asegura que dichos bienes sólo respondan por las propias obligaciones del fideicomiso y no por otras.
Por eso puede afirmarse que el fideicomiso es un instrumento apto para dar mayor seguridad jurídica a un determinado negocio.
Ver web Central Fiduciaria, S.A.